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Religión

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El artículo 16.3 de la Constitución Española vigente define el país como un Estado aconfesional: "Ninguna confesión tendrá carácter estatal". Sin embargo, garantiza la libertad religiosa y de culto de los individuos y asegura relaciones de cooperación entre los poderes públicos, y todas las confesiones religiosas.
 
El catolicismo es la religión predominante en el país. La Iglesia Católica es la única mencionada expresamente en la Constitución, en el mismo artículo 16.3: "... y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones". Según el barómetro de opinión del Centro de Investigaciones Sociológicas realizado en diciembre de 2012, el 71% de los españoles se consideraban católicos, los ateos o no creyentes suponían el 25% y los adscritos a otra religión el 2,1%. No obstante, el porcentaje de practicantes es mucho menor. Según el mismo estudio, los católicos o creyentes en otra religión que dicen no ir a misa o a otros oficios religiosos nunca o casi nunca son el 58,9%, y el 14,9% dice ir varias veces al año, mientras el 13,9% dice acudir a oficios religiosos casi todos los domingos y días festivos, el 9,5% lo hace alguna vez al mes, y un 1,8% dice acudir varias veces por semana. Por otra parte, según un estudio del 19 de abril de 2005 del New York Times, sólo el 18% de los españoles acude a misa de forma regular. Entre los menores de 30 años, ese porcentaje se reduce al 14%. En cuanto a la religiosidad de los jóvenes españoles, según el barómetro del CIS de diciembre de 2012, el 42,7% de los que tienen entre 18 y 24 años dice ser no creyente o ateo, lo que indica el declive de la religiosidad de la población.
 
En cuanto a miembros, la segunda religión en importancia es la musulmana. Se calcula que hay unos 800.000 fieles, procedentes fundamentalmente de las recientes olas de inmigración. Les siguen las iglesias protestantes, que suman cerca de 1.200.000 miembros. Destacan también los Testigos de Jehová, con 103.784 fieles, y los mormones, que son alrededor de 20.000; por su parte, la comunidad judía en España no supera los 15.000 fieles.
 
En España existe el concepto de religión de notorio arraigo, un estatus concedido por el Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de Asuntos Religiosos tras el informe correspondiente de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa. Además del catolicismo, tienen el carácter de religiones de notorio arraigo las siguientes (por orden de acuerdo): protestantismo, judaísmo, islam (todas desde 1992), mormones, testigos de Jehová y budismo, esta última aceptada en 2007.

 

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